DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES

A la Dirección  de obras municipales le corresponderán las siguientes funciones:

a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:

– 1) Dar aprobación a las fusiones,  subdivisiones y modificaciones de deslindes de predios en las áreas urbanas, de extensión urbana o rurales en caso de aplicación  del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

– 2) Dar aprobación a los  anteproyectos y proyectos de  obras de urbanización y edificación y otorgar los permisos correspondientes, previa verificación de que éstos cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.   

– 3) Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y

– 4) Recibirse de las obras y autorizar su uso, previa verificación de que éstas cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

b) Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.

c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.

d) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.

e) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural.

f) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros.

g) En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.

Director de DOM: Nestor Cid Pedreros

Contacto: 42  2207129

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